First instance body dealing with electoral disputes
Mexico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (published1917-02-05, last amended 2014-02-10),
http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/MX/mexico-constitucion-reformada-a-2014/view
English version (not updated): http://www.trife.gob.mx/en/consultations/political-constitution-united-mexican-states
Artículo 60. […] Las determinaciones sobre la declaraci?n devalidez, el otorgamiento de las constancias y la asignaci?n de diputados osenadores podr?n ser impugnadas ante las salas regionales del TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federaci?n, en los t?rminos que se?ale laley.
Las resoluciones de las salas a que se refiere el p?rrafoanterior, podr?n ser revisadas exclusivamente por la Sala Superior del propioTribunal, a trav?s del medio de impugnaci?n que los partidos políticos podr?ninterponer ?nicamente cuando por los agravios esgrimidos se pueda modificar elresultado de la elecci?n. Los fallos de la Sala ser?n definitivos einatacables. La ley establecer? los presupuestos, requisitos de procedencia yel tr?mite para este medio de impugnaci?n.