3. Is there a ban on corporate donations to political parties?

Panama
"Quedan prohibidos las siguientes donaciones o aportes a partidos políticos y a candidatos:
1. Los provenientes de personas jurídicas que no ejerzan actividades económicas dentro de la República de Panamá.
2. Las donaciones o los aportes anónimos, salvo los que se originen en colectas populares, los cuales serán reglamentados por el Tribunal Electoral.
3. Las donaciones o los aportes que provengan de gobiernos, personas u organismos extranjeros. Se exceptúan las donaciones o los aportes de partidos políticos, asociaciones internacionales de partidos y fundaciones extranjeras que están vinculadas con partidos o fundaciones nacionales, siempre que dichas donaciones o aportes no sean para campañas electorales.
4. Los provenientes de empresas donde el Estado sea accionista."
Source: Artículo 203, código electoral panameño.