51. Is information in reports from political parties and/or candidates to be made public?

Chile

Chile

Answer
Yes
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Artículo 48.- Las cuentas de los ingresos y gastos electorales presentadas ante el Director del Servicio Electoral serán públicas y se encontrarán disponibles en el sitio electrónico del Servicio. Además, cualquier persona podrá obtener, a su costa, copia de ellas. El Director del Servicio Electoral deberá publicar en Internet las cuentas de las candidaturas a Presidente de la República, senador y diputado y de los partidos políticos dentro del plazo establecido en el artículo 6. A medida que el Servicio Electoral proceda a la revisión de las mismas, deberá actualizar la información difundida en Internet indicando si tales cuentas son aceptadas, rechazadas u observadas.

Durante el examen de las cuentas, el Director del Servicio Electoral velará porque el ejercicio del derecho establecido en el inciso anterior se compatibilice con sus labores propias.

LEY N° 19.884
SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DEL GASTO ELECTORAL

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The information be available to any person.

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