Venezuela
Model of electoral management
Independent
Source
CNE, Ley Orgánica del Poder Electoral, accessed 26 April 2021
ARTÍCULO 7: El Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del Poder Electoral, tiene carácter permanente y su sede es la capital de la República Bolivariana de Venezuela. Es de su competencia normar, dirigir y supervisar las actividades de sus órganos subordinados, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales atribuidos al Poder Electoral.
Ejerce sus funciones autónomamente y con plena independencia de las demás ramas del Poder Público, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y en la ley.
Electoral Management Bodies
Add dataName of EMB | Number of EMB members | Term of office | EMB members selected by | Chair appointed/elected by | Party or expert based membership |
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National Electoral Council (Consejo Nacional Electoral) | 5 | 7 years | Parliament | EMB | Expert |