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Chile

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Constitutional amendment of 2015 allowed voting for the first time for Chilean citizens residing abroad. The first election that this new regulation was practiced was the Presidential Elections held in November 2017. (Data has been reviewed in January 2026).
Source

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, Establishes the consolidated, coordinated and systematized text of the political constitution of the Republic of Chile, (Establece el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile), accessed 13 January 2026

Capítulo II Nacionalidad y Ciudadanía

Artículo 13.- Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran. Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales. Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18. Tratándose de los chilenos a que se refieren los números 2º y 4º del artículo 10, el ejercicio de los derechos que les confiere la ciudadanía estará sujeto a que hubieren estado avecindados en Chile por más de un año.

 

See also the following reports: 

http://www.coha.org/finally-the-right-to-vote-for-all-chilean-citizens/

http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/voto-de-chilenos-en-el-extranjero 

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