4. Is there a ban on corporate donations to candidates?

Colombia

Colombia

Answer
No
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ARTÍCULO 14.  “APORTES DE PARTICULARES. Los partidos, movimientos políticos y candidatos, al igual que las organizaciones adscritas a grupos sociales que postulen candidatos, podrán recibir ayuda o contribuciones económicas de personas naturales o jurídicas.”

Source: Artículo 14, Ley 130, por la cual se dicta el Estatuto Básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones, 1994.

ARTÍCULO 27. "FINANCIACIÓN PROHIBIDA. Se prohíben las siguientes fuentes de financiación de los partidos, movimientos políticos y campañas:

[...]

7. Las que provengan de personas naturales o jurídicas cuyos ingresos en el año anterior se hayan originado en más de un cincuenta por ciento de contratos o subsidios estatales; que administren recursos públicos o parafiscales, o que tengan licencias o permisos para explotar monopolios estatales o juegos de suerte y azar.”

Source: Artículo 27, Ley 1475, por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones, 2011

For presidential election:

SENTENCIA C-1153, 2005 “No se ajusta a la Constitución el que el proyecto de ley permita que las personas jurídicas hagan aportes a las campañas presidenciales, y menos que lo hagan hasta llegar a un tope del 4% de los gastos de las mismas.  Esta posibilidad, a su parecer, resulta contraria al principio superior de igualdad electoral que debe presidir las campañas para la primera magistratura del Estado, porque admite que personas naturales con cuantiosos recursos económicos, a través de personas jurídicas, realicen aportes a las campañas, por encima del tope aplicable a las personas naturales. Además, en un régimen democrático, los derechos políticos, entre ellos el de participación política ejercido al apoyar las campañas electorales, se reconocen solamente a las personas naturales; finalmente, la posibilidad de que las personas jurídicas efectúen contribuciones a un Presidente candidato distorsiona el equilibrio que ha de imperar en las reglas de juego adoptadas por el legislador estatutario, para promover la equidad en un contexto en el cual es posible la reelección.”

Source: Sentencia C-1153, Control constitucional al Proyecto de Ley Estatutaria N° 216/05 Senado, N° 235-Cámara “por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones”, 2005., Control constitucional al Proyecto de Ley Estatutaria N° 216/05 Senado, N° 235-Cámara “por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones”, 2005.

Comment

There is no ban for corporate donations to candidates, however, the article 27 of Law 1475/2011 includes a ban for corporations “whose incomes in the previous year originated in more than fifty percent on contracts or state subsidies; that administer public or parafiscal resources, or that have licenses or permits to exploit state monopolies or games of luck and chance (gambling)”.

For presidential candidates, there is a ban on corporate donations regardless of their source of incomes.  The Constitutional Court Judgment C-1153 of 2005 stablished that contributions and donations from legal persons to presidential campaigns are uncostitutional because allowing such contributions distorts the "balance that must prevail in the rules adopted by the statutory legislature."

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