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Justicia electoral, elecciones y tecnología en tiempos del COVID-19 en América Latina

Image credit: Ministério da Ciência, Tecnologia, Inovações e Comunicações@flickr

El primer caso de COVID-19 en América Latina se registró en Brasil, a finales de febrero. Es decir, ya han pasado más de dos meses en los cuales la vida de las personas ha cambiado drásticamente. La expansión de la pandemia del SARS-Cov-2 (COVID-19), ha obligado la implementación de medidas para contener su propagación. De estas, quizás la más notoria ha sido la restricción a la movilidad; lo que involucra en muchos casos el cese de actividades no esenciales y, cuando es posible, el trabajo desde el hogar.

Una buena forma de ilustrar el grado e impacto de las medidas de contención de la movilidad en América Latina, es el Rastreador de Respuestas Gubernamentales COVID-19 (Oxford COVID-19 Government Response Tracker - OxCGRT, en inglés). Este informe, actualizado diariamente sobre las medidas gubernamentales alrededor del mundo, incluye un Índice de Rigurosidad (Stringency Index) para medir las variaciones en las políticas de contención y cierre[1]. Al cierre de abril, para América Latina, el promedio de la rigurosidad fue de 79.50 en una escala de 0 a 100, donde 0 es poco riguroso y 100 lo más riguroso. Abajo se detallan los resultados a nivel país, demostrando una importante variabilidad que va desde el casi 100 para Guatemala, El Salvador y Bolivia, hasta el 53.57 en el caso de Venezuela y apenas un 16.67 en el caso de Nicaragua. Esto no quiere decir necesariamente que las medidas implementadas han sido la más efectivas o idóneas, no obstante sirven para ilustrar en qué países las medidas y el distanciamiento han sido más rigurosos.

 
 Tabla 1. Índice de Rigurosidad para los países de América Latina                                                       (datos extraídos de Oxford COVID-19 Government Response Tracker - OxCGRT)
Bolivia
97.35
Panamá
80.95
Guatemala
97.35
Jamaica
79.36
El Salvador
96.03
Argentina
76.45
Paraguay
96.03
Chile
75.79
Perú
96.03
Belize
73.42
República Dominicana
95.37
Uruguay
71.16
Ecuador
95.37
Brazil
70.52
Colombia
93.38
México
68.38
Trinidad and Tobago
93.38
Honduras
66.67
Barbados
90.47
Puerto Rico
64.02
Dominica
88.89
Costa Rica
63.89
Aruba
83.46
Venezuela
53.57
Cuba
83.07
Nicaragua
16.67

 

Impacto electoral

Esta nueva situación ha obligado a que instituciones públicas, privadas y sociales adopten nuevos medios y mecanismos para su funcionamiento. La administración y la justicia electoral no han sido inmunes y han debido también adaptarse. Dichas medidas incluyen desde la reprogramación de elecciones hasta el uso de tecnologías de la información y la comunicación.

Elecciones pospuestas

De acuerdo al Panorama global del impacto del COVID-19 en las elecciones de IDEA Internacional, desde finales de febrero hasta finales de abril, al menos 52 países y territorios en todo el mundo han decidido posponer las elecciones nacionales y subnacionales. De estos, 10 países de América Latina han tenido que reprogramar sus elecciones previstas para este año. Estos incluyen la reprogramación del plebiscito constitucional en Chile (del 26 de abril al 25 de octubre), el aplazamiento de las elecciones generales en Bolivia (nueva fecha por definir) y posponer elecciones locales en los estados de Hidalgo y Coahuila en México. Asimismo, las elecciones generales en República Dominicana fueron reprogramadas para el 5 de julio, y la segunda vuelta —si hubiera— para el 26 de julio. Otros países que se han visto en la necesidad de reprogramar elecciones son Colombia, Perú, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay.

Adaptación tecnológica en tribunales

Tribunales electorales han impuesto medidas y recurrido a la tecnología para cumplir con sus obligaciones en medio de la pandemia del COVID-19. Sesiones vía videoconferencia y el uso de la firma electrónica para la emisión de acuerdos, sentencias, resoluciones y para presentar impugnaciones de manera remota, han sido algunas de las medidas implementadas. Así bien, a continuación se ofrece una serie de ejemplos de cómo se utilizado la tecnología en el contexto de las restricciones impuestas por el COVID-19.

  1. Uso de sistemas electrónicos para audiencias, sesiones, resolución de asuntos y trabajo a distancia:
    1. El 16 de abril de 2020, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó el Acuerdo General 4/2020 para poder sesionar de manera no presencial bajo el formato de videoconferencia.
    2. El 19 de marzo de 2020, el Tribunal Superior Electoral (TSE) de Brasil emitió la Resolución Nº 23.614 con la cual se incluyeron más tipos procesales para las sesiones de juicio electrónico y la convocatoria de sesiones extraordinarias de juicio por medios electrónicos. Asimismo, los ministros del TSE aprobaron la propuesta de celebrar sesiones presenciales cada 15 días y las demás sesiones de manera virtual por videoconferencia.
    3. El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador, en atención a la declaración del estado de excepción, sesionó de manera virtual y aprobó el Reglamento para la Implementación de las Sesiones a través de Medios Electrónicos del Pleno del Consejo Nacional Electoral.
    4. El Tribunal Calificador de Elecciones de Chile resolvió mediante el Acuerdo No. 1-2020 que debido al estado de emergencia por la pandemia por el COVID-19, las audiencias ordinarias y/o extraordinarias serán por videoconferencia. Asimismo se acordó que la Secretaría del Tribunal adoptará la modalidad de teletrabajo con una mínima cantidad de personal en las instalaciones.
    5. El Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana realiza sesiones y audiencias públicas virtuales las cuales se pueden visualizar vía Internet a través de su canal de YouTube. De igual manera, es posible consultar el estatus de los expedientes en línea mediante el Sistema de Consulta de Solicitudes, el Chat en Línea o vía telefónica.
  1. Uso de sistemas electrónicos y la firma electrónica para el procesamiento de casos, asuntos, notificaciones y atención de trámites
    1. El 2 de abril de 2020, la Sala Superior del TEPJF suscribió el Acuerdo General 3/2020 con el objeto de utilizar la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL). El uso de la FIREL tiene como objeto la emisión de acuerdos, sentencias y resoluciones en los medios de impugnación que dicte la Sala Superior.
    2. El 12 de marzo de 2020, el TSE de Brasil emitió la resolución administrativa número uno que establece medidas temporales para prevenir el contagio del nuevo coronavirus (COVID-19). Entre otras medidas, se estableció que ciertos servicios como la protocolización y citaciones presenciales, se pueden solicitar y entregar de forma remota.
    3. La Cámara Nacional Electoral (CNE) de Argentina, mediante la Acordada Extraordinaria Número Veintidós, instruyó la implementación de la firma electrónica para los magistrados y funcionarios de la Cámara. Asimismo, se modificó la entrega de documentación de los estados contables del ejercicio anual 2019 por parte de las agrupaciones políticas.
    4. El Tribunal Electoral de Panamá permite solcitar vía Internet un duplicado con validez de un año de la cédula de identidad personal. La solicitud se hace en la dirección sede.tribunal-electoral.gob.pa. Cuando el duplicado de la cédula esté listo, se le envía una notificación al solicitante para que pueda recogerla en la oficina seleccionada al momento de hacer el trámite. En caso de que la persona no pudiera acudir, es posible que un familiar o persona de confianza previamente autorizado asista a recoger el documento.
  1. Uso de sistemas electrónicos para apoyo a la contingencia del COVID-19
    1. El Tribunal Electoral de Panamá suscribió un acuerdo con la Autoridad de la Innovación Gubernamental (AIG) en apoyo a la implementación del Plan Panamá Solidario. El TE ha facilitado una aplicación para validar en línea la identidad de los beneficiarios del Plan, mediante la lectura del código de barras de las cédulas de identidad personal.

[1] El Stringency Index incluye los siguientes subindicadores: C1 - Cierre de escuelas, C2 - Cierre de lugares de trabajo, C3 - Cancelación de eventos públicos, C4 - Restricciones al tamaño de las aglomeraciones, C5 - Cierre del transporte público, C6 - Requisitos para quedarse en casa, C7 - Restricciones al movimiento interno, C8 - Restricciones al movimiento internacional y H1 - Campañas públicas de información. Para más detalles sobre el Stringency Index ver Calculation and presentation of the Stringency Index4.0 y ver Variation in Government Responses to COVID-19.
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Acerca de los autores

Ex miembro del personal - Miguel Angel Lara Otaola
Senior Adviser, Democracy Assessment
Jose Fernando Meneses Romero
Consultant
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